Los Términos modifican el contenido del Plan de Gestión Social y priorizan la inversión en servicios públicos domiciliarios en la zona de influencia del proyecto.
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La Agencia Nacional de Minería (ANM) publicó la Resolución No. 263 del 25 de mayo de 2021, que tiene como objeto adoptar la modificación a los términos de referencia que establecen los parámetros y criterios para la elaboración, presentación, ejecución, evaluación, aprobación y seguimiento de los Planes de Gestión Social - PGS.
La Resolución atiende los pronunciamientos de la Corte Constitucional en los que se establece que los PGS deben tener cómo insumo:
(i) El acta de audiencia de participación ciudadana resultado del proceso de titulación minera
(ii) El acta de concurrencia celebrada con el alcalde o alcaldes del o los municipios donde se ubica el titulo minero.
(iii) Los titulares mineros deberán involucrar los planes de desarrollo nacional, departamental y municipal en la construcción de su PGS.
Asimismo, la norma introdujo un cambio en los criterios de priorización dentro de los términos de referencia de los PGS de los contratos de concesión de gran minería que se celebren y perfeccionen a partir del 2021: “se priorizan las inversiones para la prestación de servicios públicos domiciliarios en los programas en beneficio de las comunidades que se encuentren en la zona de influencia del proyecto minero”.
Según el documento, los términos de referencia para los PGS implementan una nueva visión de la minería orientada a la construcción social que promueve oportunidades locales y regionales, y que mitiga riesgos de conflictividad social.
Adicionalmente, la norma modifica el contenido del Plan de Gestión Social, de tal forma que deberá contener como mínimo:
1. Identificación del título
2. Descripción del proyecto minero
3. Área de influencia del Plan de Gestión Social
4. Identificación de actores y grupos de interés del área de influencia del PGS
5. Caracterización socioeconómica del área de influencia del proyecto minero
6. Debida diligencia de los riesgos sociales
7. Líneas estratégicas
8. Plan de acción, cronograma y presupuesto
9. Comunicación, socialización y participación
10. Coordinación y seguimiento con la Autoridad Minera.
El contenido del Plan de Gestión Social estará acorde con el tamaño del proyecto, el área de influencia y el análisis de riesgo de los impactos sociales que se generan con el proyecto minero en la zona objeto de este.
Asimismo, se tendrán como guía para su construcción, además de los establecidos en los términos de referencia, los principios voluntarios de empresa y derechos humanos, los Términos de Referencia y la Caja de Herramientas, además de los compromisos de carácter social adquiridos en el Instrumento Ambiental.
A través del Plan de Gestión Social el concesionario contribuirá a generar oportunidades sociales y económicas en el área de influencia del proyecto minero; a potenciar, mantener y fidelizar las relaciones positivas con los grupos de interés vinculados al proyecto y, en tal sentido, aportar al licenciamiento social del proyecto.
Consulte los Términos de Referencia aquí.