Martes, 8 Octubre 2024
El Decreto 1390 de 2018 establece nuevos elementos en el ordenamiento forestal.
 
bosque 600 maderable                                                                                             Bosque en San Antonio del Tequendama, Cundinamarca. Crédito: Diego Robayo en Flickr.com

El pasado 2 de agosto, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó el Decreto 1390, que determina cómo se calculará la tasa compensatoria por aprovechamiento forestal maderable en bosques naturales, ubicados en terrenos de dominio público y privado.

La norma adiciona un artículo al Decreto 1076 de 2015 en lo relacionado con el cálculo de esta tasa, que tiene conceptos novedosos como la tarifa mínima y el factor regional. Este último representa los costos sociales y ambientales causados por el aprovechamiento forestal maderable y tiene en cuenta factores como la disponibilidad regional de bosques, la categoría de especie y las afectaciones ocasionadas. Así, los cálculos de la tarifa y del monto a pagar se hacen a través de diferentes ecuaciones formuladas con estos conceptos.

En la norma se determina que el factor regional será calculado por la autoridad ambiental competente, con base en la información disponible y en el marco de los planes y programas existentes, tales como el Plan de Manejo Forestal o el Plan de Aprovechamiento Forestal, con la respectiva verificación de campo.

El Decreto también aborda el componente del recaudo y define que su destino es la protección y renovación de los bosques.

Por último, la norma determina que se deben hacer reportes de los recaudos, que serán anuales y deberán presentarse, a más tardar, el 30 de abril de cada año.

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