La dependencia distrital impartió en las últimas horas los lineamientos para aquellos que sean comprados o contratados para su uso.
Foto: Alcaldía de Bogotá
La Secretaría Jurídica de Bogotá expidió la Circular No. 006 de 2020 relacionada con el uso de vehículos eléctricos, según las disposiciones contenidas en la Ley 1964 de 2019 “Por medio de la cual se promueve el uso de vehículos eléctricos en Colombia y se dictan otras disposiciones”, en desarrollo del artículo 79 de la Constitución Política que consagra el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano.
De esta manera, dispuso la obligación de cumplir con una cuota mínima del treinta por ciento (30%) de vehículos eléctricos para aquellos que sean comprados o contratados para su uso, por las entidades públicas.
Para el cumplimiento de dicha disposición, se otorga un plazo de seis (6) años contados a partir de la entrada en vigencia de la norma.
Del mismo modo, y con el fin de incentivar el uso de este tipo de vehículos, señala como obligación de las entidades públicas, destinar un porcentaje mínimo del dos por ciento (2%) del total de plazas de parqueo habilitadas, para el uso preferencial de vehículos eléctricos, atendiendo a la reglamentación que expida el Gobierno Nacional respecto de la identificación de estos parqueaderos preferenciales
Por último, se exhorta a las entidades y organismos del orden distrital para que dentro de sus ejercicios de planeación y compras de vehículos para el cuatrienio, cuando ello sea necesario, dispongan lo pertinente a fin de dar aplicación al artículo 8 de la anotada ley.
Así como, se dispongan los parqueaderos preferenciales para uso de vehículos eléctricos atendiendo a la reglamentación que sobre el particular expida el Gobierno Nacional.
La Ley 1964 de 2019 ley tiene por objeto otorgar incentivos al uso de vehículos eléctricos, con el fin de promover el transporte de cero emisiones y la movilidad sostenible, contribuyendo al mismo tiempo al mejoramiento de la calidad del aire y disminución de enfermedades cardiorrespiratorias relacionadas con la contaminación atmosférica en las ciudades.
De acuerdo a los compromisos adquiridos por Colombia, en desarrollo del Acuerdo de París, se constituye en factor primordial la promoción del uso de vehículos eléctricos, así como la renovación de la flota automotriz con vehículos cero emisiones para contribuir a la meta total de disminuir las emisiones en un 20% antes del 2030.
De 18.000 vehículos matriculados en enero, menos del 2% son híbridos o eléctricos