Catorce6 conoció los argumentos de la Corte Constitucional para tomar la decisión que facilitaría la investigación con órganos y tejidos de niños no nacidos.
La decisión del alto tribunal fue tumbar el parágrafo 2 del artículo 1 de la ley 1805 de 2016. Ese parágrafo decía textualmente: “No pueden ser donados ni utilizados órganos o tejidos de los niños no nacidos abortados”. El alcance de eso es que no se podían usar ni siquiera para investigación. La Corte lo acaba de declarar inexequible.
Los argumentos de los magistrados para tomar la decisión fueron muy variados. En primer lugar, evaluó si el parágrafo acusado desconocía el principio de progresividad del derecho a la salud en su componente de investigación científica, “debido a que el legislador no justificó suficientemente la medida de prohibición de donación y utilización de órganos o tejidos de los ‘niños no nacidos abortados’”.
Dado que ya existía un marco legal y reglamentario en materia de uso y donación de órganos o tejidos que incluía los fetales con fines de investigación en salud, esta norma incurrió en un retroceso en la disponibilidad de componentes anatómicos para efectuar investigación científica. Es decir, al aprobarse en el Congreso ese parágrafo podría haber un freno en seco en materia de vacunas, medicamentos, tratamiento para virus, entre otros.
También hay un riesgo de que se impida la utilización terapéutica de los órganos o tejidos en la asistencia clínica, así como su empleo en proyectos de investigación dirigidos a encontrar nuevas estrategias en la prevención, tratamiento y cura de enfermedades. Esa posición la adoptó la Corte al recibir diferentes conceptos de expertos que consideran que la medida examinada es una restricción al derecho a la salud carente de cualquier justificación.
Incluso los expertos argumentaron que los avances con esos tejidos y órganos han despertado cierta posibilidad de cura o tratamiento de enfermedades como el Alzheimer, Huntington o Corea de Huntington y Parkinson.
De otro lado, el Instituto Nacional de Salud le aclaró a Catorce6 que “con Fetos no se hacen trasplantes de órganos y tejidos. Eso técnicamente no es posible (…) lo que está diciendo la sentencia es por ejemplo tomar un tejido, para desarrollar un antígeno y luego una vacuna, por ejemplo, o luego una molécula que se vuelve un medicamento”.
Como contexto internacional, en Estados Unidos también se está dando ese debate. A comienzos de este mes, el gobierno de Donald Trump puso fin a las investigaciones médicas de científicos del gobierno que utilizan tejidos de fetos humanos, haciendo caso a las exigencias de algunos movimientos antiabortistas.
Según medios de ese país, los sucesivos gobiernos durante décadas han financiado los estudios con tejidos fetales que de otro modo serían descartados, lo cual ha conducido a la creación de vacunas contra la rubéola y la rabia y drogas para tratar el VIH, entre otros avances.