Jueves, 20 Marzo 2025

El Colectivo Orlando Fals Borda y la Red de Derechos Humanos del Pacífico Nariñense -Redhpana- señalaron que la norma desconoce obligaciones del Estado.

 Glifosato Colombia 2021Foto: Gob. Danilo Medina/Flickr

Ante el Consejo de Estado, el Colectivo Orlando Fals Borda y la Red de Derechos Humanos del Pacífico Nariñense (Redhpana) interpusieron una acción de nulidad por inconstitucional en contra del decreto 380 del 2021 del Ministerio de Justicia, por medio del cual “se regula el control de los riesgos para la salud y el medio ambiente en el marco de la erradicación de cultivos ilícitos mediante el método de aspersión aérea, y se dictan otras disposiciones”.

La demanda resalta que "El mencionado decreto fue expedido contrario a los principios de la Constitución y a las decisiones de la Corte Constitucional; Segundo, el Ministerio de Justicia no tenía facultades para regular el trámite de licenciamiento ambiental que autoriza la reanudación de las aspersiones con glifosato; tercero, no se cumple con los acuerdos de erradicación de cultivos ilícitos en el marco del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos Ilícitos-PNIS".

Argumentan que “Sigue sin resolverse la violación a los derechos a la información, participación y consulta desde la etapa previa de elaboración y construcción del Plan de Manejo (…) Sigue sin resolverse el cuestionamiento en cuanto a que la Audiencia Pública Virtual Ambiental realizada por la ANLA en el mes de diciembre de 2020, fue un escenario de mera socialización que no contó con las condiciones para la participación de las comunidades”.

El decreto 380 emitido, fija las reglas y regula el programa de erradicación de cultivos ilícitos mediante aspersión aérea con el herbicida el glifosato (Pecig) que después deberá ser aprobado por el Consejo Nacional de Estupefacientes (CNE), entidad encargada de decidir si se reanuda o no el mismo.

Por su parte, la ANLA estableció el Plan de Manejo Ambiental General y la Policía Nacional de Colombia deberá presentar a la Autoridad, antes de iniciar actividades, los Planes de Manejo Ambientales Específicos, por cada área de intervención del Programa de Erradicación de Cultivos Ilícitos mediante la Aspersión Aérea con el Herbicida Glifosato.

En caso de que el Consejo Nacional de Estupefacientes reanude el programa, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales decidirá sobre el levantamiento de la suspensión impuesta en la Resolución 1214 de 2015.

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