Estos proyectos tendrán como prioridad el sector rural y viabilizan el uso de recursos de regalías y otras fuentes.
Los proyectos tendrán como prioridad el sector rural/Pixabay
Por medio de la Ley 2036 de 2020, el pasado 27 de julio el Gobierno Nacional expidió la reglamentación en la cual podrá financiar con aportes del Presupuesto General de la Nación y del Sistema General de Regalías, la participación de las entidades territoriales en los proyectos de generación, distribución, comercialización y autogeneración a pequeña escala y generación distribuida con Fuentes No Convencionales de Energía Renovable (FNCER) que se enumeran a continuación: la biomasa, los aprovechamientos hidroeléctricos, la eólica, la geotérmica, la solar, los mares y el aprovechamiento energético de residuos. Además de otras fuentes que considere la UPME.
Los proyectos que podrán ser financiados con cargo al Sistema General de Regalías deberán ser tramitados de acuerdo a la normatividad vigente, el Gobierno nacional podrá realizar acompañamiento especial para la formulación de los proyectos a través del Departamento Nacional de Planeación y el Ministerio de Minas y Energía.
Estos proyectos tendrán como prioridad el sector rural y deben contemplar los lineamientos de política energética establecidos en la Ley 1715 de 2014.
Los proyectos de generación, distribución y comercialización de energías alternativas tendrán como prioridad para contratación laboral, el recurso humano calificado y no calificado residente y/o oriundo de la región donde se asiente el proyecto, siempre y cuando cumplan con la idoneidad y/o competencias exigidas para la ejecución del mismo.
El documento define también, el aprovechamiento energético de residuoscomo la familia de tecnologías de tratamiento de residuos para generar energía en la forma de calor, electricidad o combustibles, de conformidad con la Ley 1715 de 2014.
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