Además de mantener las medidas cautelares que había ordenado el Consejo de Estado, en este nuevo fallo el Tribunal pide cuidado especial a acuíferos y garantizar la oferta de agua.
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El Tribunal Administrativo de Cundinamarca ratificó, en un fallo, la suspensión a la reglamentación del fracking en Colombia ordenada por el Consejo de Estado y estableció nuevas condiciones para la realización de los pilotos que se planea desarrollar en el país.
Entre los nuevos requisitos está la obligación de cuidar los acuíferos subterráneos, pues el Tribunal considera que el fracturamiento hidráulico “podría entrar en contacto con fracturas naturales preexistentes, que dependiendo de su extensión vertical podrían conectar con la base acuífero”.
Otra de las condiciones es que el Ministerio de Minas debe establecer una relación de oferta y demanda hídrica de las actividades agropecuarias domésticas e industriales en las áreas de influencia de los proyectos de fracking para proteger la sostenibilidad de esas actividades. El objetivo de ese trabajo que se "proteja el caudal ecológico de las fuentes hídricas nominadas e innominadas de donde se realiza la captación".
Entre otras consideraciones del Tribunal, está la de procurar que no se afecte la salud humana por la emisión de material particulado o gases como el metano y por ese motivo pide al Ministerio de Minas otro estudio en donde demuestre la distancia adecuada entre las zonas de realización de la actividad y las viviendas.