Viernes, 19 Abril 2024

En una nueva resolución del Ministerio de Agricultura, se reconocen malas interpretaciones sobre las aletas y se elimina la cuota de comercialización para estas partes de los tiburones.

aleta caudal del tiburon blanco

Foto tomada de: areadelfines.com

Desde el mes de octubre se había generado toda una tormenta mediática por la resolución 350 de 2019, firmada por el ministro de Agricultura, Andrés Valencia, en la cual se determinaba la cuota de pesca para el año 2020. En ella se aprobaba, además, la comercialización de las aletas de los tiburones que hayan sido atrapados en la pesca incidental.

Esa resolución llevó a un pronunciamiento amplio de académicos, ambientalistas y ONG, la mayoría, en desacuerdo con las cuotas para las aletas porque podía incentivar la caza de los tiburones y poner en riesgo las diferentes especies que se permitían en la norma. Incluso, el Tribunal Administrativo de Cundinamarca decidió suspender dicha resolución.

Amte los pronunciamientos y la polémica en los medios el Gobierno empezó a trabajar en una nueva resolución para frenar esa situación. Para la firma del nuevo documento, se reunió con los diferentes actores de la actividad.

Esta nueva resolución, conocida por Catorce6, hace dos cosas fundamentales: mantiene la cuota de pesca de casi 500 toneladas para los tiburones mediante procesos artesanales, pero elimina la cuota de comercialización de aletas, reconociendo las múltiples interpretaciones negativas que había generado.

“En relación con la cuota asignada para las aletas de tiburón, el CEP manifestó que desde el punto de vista técnico buscó ser una estrategia para mejorar el seguimiento y el control a la comercialización del tiburón y sus subproductos, particularmente para las especies que se han incluido en el apéndice II de la Convención CITES, como quiera que Colombia ha sido un abanderado en la inclusión de estas especies en los litados de dicha Convención”, dice el
documento.

Agrega que la definición de la cuota de aletas no pretendió autorizar ni promover el aleteo, pues esta práctica está prohibida en la legislación pesquera del país, como ya se mencionó, por otra parte, dichas aletas corresponden a los ejemplares capturados en las faenas de pesca artesanal para la cual se definió la cuota (125 toneladas en el mar Caribe y 350 en el océano Pacífico), de acuerdo a lo establecido en el artículo 7 de la Resolución 1743 de 2017.

Sobre la cuota de pesca de casi 500 toneladas en los dos océanos, dice el Gobierno que después de varias reuniones con expertos se “discutió ampliamente la necesidad de mantener una cuota para el recurso tiburón y, en general, se aceptó que, sin perjuicio de las acciones que se requieren para mejorar la investigación y el control tendiente a incentivar su conservación, prohibir su captura no es la solución para el país, pues se generaría un problema social, se incentivaría la
ilegalidad y se perdería trazabilidad del recurso, dado que se dificultaría la obtención de información necesaria para mejorar las medidas de manejo y conservación”.

Por todo lo anterior, dentro del texto de la resolución hay un parágrafo que señala: “Conforme a lo previsto en el artículo 7 de la Resolución 1743, expedida por la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca – AUNAP el 29 de agosto de 2017, es necesario que al momento del desembarco las aletas estén adheridas de manera natural al tronco del tiburón.”

Además, se advierte sobre la necesidad de que en aras de implementar una estrategia para mejorar el seguimiento y el control a la comercialización del tiburón y sus subproductos, la Autoridad Nacional de Acuicultura y Pesca - AUNAP deberá revisar y ajustar si es del caso sus procedimientos de inspección y seguimiento.

 

Resolución Aletas Tiburon Marca Agua by Santiago Rincon Avendaño on Scribd

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