A través de un comunicado, la cartera ambiental entró en la polémica y aclaró que el aleteo es una práctica ilegal y que no se avala con la decisión de MinAgricultura. MarViva pide tumbar la resolución.
Foto: archivo coincet.gov.ar
Después de la polémica por la resolución divulgada por Catorce6, en la que el Ministerio de Agricultura permite la comercialización de casi 10 toneladas de aletas de tiburón, el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible publicó un comunicado para aclarar alguno de los puntos más polémicos de la resolución y que ha generado diversas interpretaciones entre ambientalistas.
Gobierno permite la pesca de casi 500 toneladas de tiburón en 2020 y autoriza comercio de sus aletas
En el primer punto, MinAmbiente aclara que la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), de la cual Colombia forma parte desde 1981, tiene como objetivo velar por la conservación y uso sostenible de las especies de flora y fauna silvestres que son objeto de comercio internacional, permitiendo la comercialización de los tiburones (peces condrictios), amparados bajo el apéndice II de esta Convención. Colombia ha sido un abanderado en la inclusión de estas especies en el listado CITES, para su conservación y aprovechamiento sostenible.
Por eso asegura que la protección de los tiburones es una política nacional enmarcada dentro del Plan de Acción Nacional para la Conservación y Manejo de Tiburones, Rayas y Quimeras de Colombia, adoptado mediante el decreto 1124 de 2013. En ese sentido aclara que está prohibida la práctica deplorable del “aleteo”, que también constituye un delito establecido en el artículo 335 del Código Penal.
“Por ello, la Resolución 350 de 2019 expedida por el Ministerio de Agricultura, no autoriza esta práctica, ni permite la exportación de aletas de tiburón. Desde el año 2010, se reconoce la cuota de pesca artesanal sobre tiburones en Colombia, la cual no ha aumentado desde entonces, manteniéndose en un porcentaje que no afecta la sostenibilidad de las especies”, concluye el Ministerio en el corto comunicado.
De esta forma, se confirma la versión de alguno de los miembros del Consejo Nacional de Pesca que aseguran que el Ministerio de Ambiente entregó el aval técnico para que se expidiera la resolución de la polémica.
MarViva pide tumbar la resolución
Ante la Resolución 000350 de Octubre de 2019 expedida por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, el 25 de Octubre de 2019, en la cual se establecen las cuotas globales de pesca de las diferentes especies bajo aprovechamiento para el año 2020, la Fundación MarViva explicó en un comunicado que hace falta contar con más información científica y estudios poblacionales que sustenten la aplicación de cuotas y medidas en el país.
“Esta resolución incentiva la pesca de especies amenazadas de tiburones y rayas; especies consideradas de alta importancia para la salud de los ecosistemas marinos y por ende de la seguridad alimentaria de las comunidades costeras. Se incluyen en la lista especies en estado de amenaza como Sphyrna lewini, Sphyrna mokarran, Sphyrna zygaena, Carcharhinus falciformis y Alopias pelagicus, según la UICN y el Libro Rojo de Peces de Colombia, que no deberían ser comercializadas”.
MarViva advierte que esta resolución (y sus predecesoras en el tema del establecimiento de cuotas anuales) son una violación al Principio Precautorio consagrado en el artículo 1 de la ley 99 de 1993, a los artículos 8,79,289 y 334 de la Constitución y a la Convención de Río de 1992.
“La Resolución asigna cuotas a categorías genéricas (p.ej. Atún, Jaiba, Peces Óseos, Langosta del Caribe) desconociendo las diferencias en poblaciones y susceptibilidad a la extracción de las diferentes especies incluidas en esas categorías generales”.
Por todo lo anterior, la Fundación MarViva recomienda revocar esta resolución hasta tanto no exista información científica sobre las poblaciones que permitan establecer rigurosas cuotas de pesca que efectivamente propicien la pesca sostenible.