Sábado, 20 Abril 2024
Así lo reconoce el propio Gobierno Nacional en un Conpes de este año que había pasado desapercibido.

vivisocial                                                                                                           Imagen de archivo, viviendas de interés social. / Foto: Portafolio

Han pasado tres años desde la expedición de la resolución 0549 de 2015, del Ministerio de Vivienda, en la cual se establece que para el año pasado las edificaciones nuevas deberían esta ahorrando entre el 15% y el 45% de energía y agua, dependiendo del uso de la edificación y del clima en el que se encuentre. (Encuentre aquí la resolución 0549 de 2015).

No se necesitan muchas más palabras para describir la poca efectividad de esa norma, después de conocerse el cuadro de evaluación que se publicó el Conpes 3919 de este año que se tituló ‘Política Nacional de Edificaciones Sostenibles’.

Ese cuadro realizado por el Departamento Nacional de Planeación, demuestra que tres años después de su expedición, la resolución solo es conocida en tres de las cinco ciudades encuestadas; que 4 de 5 cuenta con instrumentos que no están alineados a esa norma y que ninguna de las 5 ciudades ejerce control sobre el cumplimiento de la misma.

tabla dnp
                                                                                                                                  Fuente: DNP

Pero más allá de la gráfica, el Conpes reconoce otras debilidades notorias de la resolución, que sin embargo, es reconocida al menos como un precedente normativo sobre las exigencias que se pueden aplicar en el sector de la infraestructura.

“Aunque la Resolución 0549 de 2015 establece unos porcentajes normativos de ahorro de consumo de agua y energía sobre la línea base para diferentes usos, y contempla mecanismos de seguimiento y control en la etapa de operación, la implementación no considera edificaciones usadas y tampoco herramientas de seguimiento y control durante la totalidad de las etapas del ciclo de vida de las edificaciones”, describe el documento.

Solo hasta ahora, tres años después de la entrada en vigencia, el Ministerio está trabajando en crear las herramientas necesarias de control al cumplimiento de la misma.

Otro vacío importante es que el documento del 2015 indica porcentajes de ahorro obligatorios para centros comerciales, oficinas, hoteles, centros educativos, hospitales y vivienda no VIS.

No obstante, los porcentajes de ahorro en agua y energía para VIS y VIP son de carácter optativo; por tanto, no existe obligatoriedad para la inclusión de criterios de sostenibilidad dentro los proyectos de vivienda social.

Incluso el Conpes va más allá y reconoce que ni siquiera las edificaciones oficiales del Estado han puesto en marcha las exigencias de la resolución, a pesar de que se encontraron potenciales de ahorro de energía y agua que son incluso superiores a la norma.

Lo dicen el Ministerio de Minas y Energías y la UPME, a través de auditorías realizadas a 27 sedes de entidades públicas del orden nacional, regional y local, donde encontró que existe un potencial de ahorro en consumo de energía del 42 %, lo que “apoyaría el cumplimiento de los ahorros de consumo de energía establecidos en la Resolución 0549”.

“Se evidencia que en los procesos de construcción y arrendamiento de edificaciones del Gobierno nacional no se aplican los potenciales de ahorro en consumo de energía planteados por la Resolución 0549 de 2015 del Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio. La Resolución identifica para usos de oficinas (incluidas las edificaciones del Gobierno nacional) un potencial de ahorro entre 30 % y 40 % para el segundo año de entrada en vigor de esta”, concluye el conpes al respecto.

Ver también: 

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