Jueves, 18 Abril 2024

Finalmente, la Cámara de Representantes decidió que la fibra se debe restringir desde el 1 de enero de 2021. Exportación también quedó prohibida.

asbestotejasImágen de referencia. / Foto: eldesconcierto.cl

En una decisión histórica, la Cámara de Representantes aprobó en unanimidad el proyecto de ley Ana Cecilia Niño, con el cual se prohíbe desde la explotación hasta la exportación del asbesto en todo el territorio nacional.

La iniciativa, antes de pasar a sanción presidencial debe ser conciliada entre Senado y Cámara debido a que tuvo diferencias en algunos puntos del texto del articulado, por lo que espera cursar este trámite antes del próximo 20 de junio, fecha en la que termina la agenda legislativa del Congreso.

En el articulado aprobado por la Cámara, permanece la prohibición de la explotación, distribución, comercialización y exportación del asbesto en todo el territorio nacional. El inicio de esta prohibición dará inicio a partir del primero de enero de 2021.

Asimismo, se crea un Plan de Adaptación Laboral en el que el Gobierno Nacional tendrá que garantizar a los trabajadores de las minas e industria del asbesto la continuidad del derecho al trabajo y el seguimiento a sus condiciones de salud por medio de programas de formación, capacitación y fortalecimiento empresarial en actividades diferentes a la minería de asbesto.

“Agradecemos a la Cámara de Representantes haber rodeado este proyecto y llegar a un consenso con el que se logra garantizar a las próximas generaciones un país libre de este enemigo silencioso. Después de tantos años de lucha, el Congreso atendió el llamado a la vida por encima de los intereses comerciales. Este es un triunfo para las familias de las victimas del asbesto, pero sobre todo es un triunfo para los colombianos”, aseguró la senadora Nadia Blel, autora del proyecto.

Uno de los grandes responsables de la iniciativa fue el representante Mauricio Toro, quien ejerció como ponente y enfrentó una ponencia alternativa que permitía la explotación y exportación de la fibra por casi 20 años más.
El asbesto es un mineral fibroso utilizado principalmente en la fabricación de tejas, baldosas, papel, frenos de carros, entre otros. La exposición a este material aumenta las posibilidades de sufrir cáncer de pulmón, hígado, laringe y gastrointestinal y sus efectos negativos en el cuerpo se pueden manifestar 15, 20 o 30 años después.

El Gobierno Nacional, contará con un periodo de cinco (5) años contados a partir de la promulgación de la presente Ley, para formular una política pública de sustitución del asbesto instalado. “Durante este periodo, el Ministerio del Trabajo, de Salud y Protección Social, Ambiente y Desarrollo Sostenible y Comercio Industria y Turismo, establecerán de manera coordinada mediante reglamentación conjunta, las medidas regulatorias necesarias que permitan cumplir la presente norma y reducir hasta su eliminación de manera segura y sostenible el uso del asbesto en las diferentes actividades industriales del país”.

A partir de la expedición de esta ley, no podrán otorgarse concesiones, licencias o permisos, ni prórrogas, para la explotación y exploración del asbesto en el territorio nacional. Además, las actividades que cuenten con título, contrato, licencia ambiental o con el instrumento de control y manejo ambiental equivalente para la explotación y exploración de asbesto, deberán iniciar la fase de desmantelamiento y abandono cumpliendo la normativa vigente para dicha fase.

 

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