Martes, 8 Octubre 2024


En el proyecto de resolución que está listo para comentarios, se establece que el combustible con la nueva mezcla empezará a venderse desde el 1 de agosto.

gasolinapresidenciaFoto: archivo Presidencia.gov.co

Según la resolución que acabó de conocer Catorce6, la medida se toma de forma ajustada al objetivo del Acuerdo de París, en virtud del cual Colombia se comprometió a reducir las emisiones de gases efecto invernadero del país en un 20% frente a las proyectadas para el año 2030 con respecto al año 2010. Además, se tiene en cuenta la alerta ambiental que se han presentado en algunas ciudades como Bogotá y el área metropolitana del Valle de Aburrá en Antioquia, por lo cual “se hace necesario tomar acciones con el fin de contribuir con el mejoramiento de la calidad del aire”.

En el articulado se detalla que en febrero de este año se reunió la Comisión Intersectorial para el manejo de Biocombustibles y que en el segundo punto de tal sesión, denominado “estudios de viabilidad del aumento de componente Bio en la mezcla de Biodiesel”. La Comisión “analizó la viabilidad de aumentar el porcentaje obligatorio de biocombustible para uso en motores diésel, en la mezcla obligatoria del combustible fósil vigente en el país para pasar del nivel del 10% (B10) al 12% (B12)”.

Después de ese proceso y de que cuatro ministerios emitieran sus conceptos al respecto (Minas, Ambiente, Transporte y Agricultura) se concluyó que al considerar la actual capacidad nominal de almacenamiento de B100 a nivel nacional y el consumo histórico de diésel de los últimos meses en el país, “es viable implementar, en términos de almacenamiento, un aumento de 2% de biodiesel en la mezcla con el combustible de origen fósil; es decir, establecer una mezcla obligatoria a nivel nacional del 12%”.

Por ello el primer artículo de la resolución establece que desde el 1 de agosto de este año se deberán distribuir mezclas de 12% biocombustible y 88 diésel fósil. La medida aplicaría en Nariño, Valle del Cauca, Cauca, Risaralda, Caldas, Quindío, Antioquia, Santander, Cesar y las zonas de Bogotá, el Centro del país y los Llanos Orientales.

“Las estaciones de servicio que se abastecen de las plantas mayoristas mencionadas en este artículo, contarán con el término de diez (10) días calendario, a partir del 1 de agosto de 2019, para distribuir el ACPM que se encuentre almacenado en sus tanques y que no cumpla con el nivel de mezcla establecido en la presente resolución”, se indica en el parágrafo 2 del artículo 1.

Vale la pena recordar que el Informe Nacional de Calidad del Aire, publicado en el año 2018 por el Instituto de Meteorología y Estudios Ambientales – IDEAM, identificó que el 22% de las estaciones de monitoreo de calidad de aire del país registran concentraciones de partículas finas PM 2,5, en niveles superiores a los recomendados por la Organización Mundial de la Salud (30 mg/m3).

Proyecto Resolucion Aumento de Mezcla B12_20190605_VF (1) by Santiago Rincon Avendaño on Scribd

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