Viernes, 19 Abril 2024

La delimitación de la frontera agrícola, la protección de zonas de reserva, caminos para la resolución de conflictos y la implementación de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito, priorizando los Parques Nacionales Naturales, son algunos de los temas acordados en La Habana.

La temática ambiental se encuentra en varios apartes a lo largo de las 297 páginas del “Acuerdo final para la terminación del conflicto y la construcción de una paz estable y duradera”, y tiene como premisa contribuir al desarrollo sostenible. Este principio, resaltado en el punto 1 “Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral”, señala que se “requiere de la protección y promoción del acceso al agua, dentro de una concepción ordenada del territorio”.

Catorce6 resalta a continuación algunos de los temas acordados en materia ambiental entre el Gobierno Nacional y las FARC.

Cierre de la frontera agrícola y protección de zonas de reserva

En este ítem, tratado también en el punto 1“Hacia un Nuevo Campo Colombiano: Reforma Rural Integral”, el Gobierno se compromete a desarrollar, en un plazo no mayor a 2 años, “un plan de zonificación ambiental que delimite la frontera agrícola y que permita actualizar y de ser necesario ampliar el inventario, y caracterizar el uso de las áreas que deben tener un manejo ambiental especial”. Dichas áreas pueden ser zonas de reserva forestal, zonas de alta biodiversidad, ecosistemas frágiles y estratégicos, cuencas, páramos y humedales y demás fuentes y recursos hídricos. Lo anterior “con miras a proteger la biodiversidad y el derecho progresivo al agua de la población, propiciando su uso racional”.

Además se incluye la creación de unos mecanismos ágiles y eficaces de conciliación y resolución de conflictos de uso y tenencia de la tierra. Estos mecanismos deberán tener en cuenta la conservación y sostenibilidad de los recursos hídricos y la biodiversidad, priorizará la producción de alimentos y la vocación y uso del suelo deberán ser compatibles, revisando siempre las características sociales, culturales y económicas del territorio. 

Todo esto se enmarca bajo la decisión de darle participación a las comunidades y entes territoriales y, sobre todo, en el componente de sostenibilidad y de recuperación ambiental. Por eso se realizarán “acciones de recuperación y adecuación de suelos para el establecimiento de cultivos lícitos; acciones para la mitigación de los daños ambientales en zonas de especial interés ambiental, ecosistemas frágiles e hidrografía vulnerable y para la recuperación de los bosques; proyectos de protección ambiental y productivos, ambientalmente sostenibles, en zonas de especial interés ambiental, como por ejemplo proyectos silvopastoriles”.

ambiente acuerdos paz

El Parque Nacional Natural Sierra de La Macarena ha sido uno de los territorios que más a sufrido el conflicto. / Foto: www.colombia.travel 

El profesor e investigador en materia ambiental, Manuel Guzmán Hennessey, resalta que “se abre más participación en lo ambiental, sobre todo en las zonas de posconflicto. Que el tema de la frontera agrícola quedó bastante explícito y rescató también que, si bien hay generalidades frente al tema minero, el tema energético, el tema de conservación, al tema de bosques, al tema de comunidades, hay toda la posibilidad para que se complementen”.

Como dato adicional, se acordó la creación de un fondo de tierras que contará con 3 millones de hectáreas durante sus primeros 10 años y se “formalizará 7 millones de hectáreas de pequeña y mediana propiedad rural, priorizando áreas como las relacionadas con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), Zonas de Reserva Campesina, y otras que el Gobierno defina”, dice el acuerdo.

Cultivos ilícitos, causantes de una buena parte de la deforestación

En el punto 4 del acuerdo se trata la Solución al Problema de las Drogas Ilícitas y, aparte de los mecanismos de lucha y regulación y trato jurídico diferencial para los pequeños cultivadores, entre otros, se hace un especial énfasis en la sustitución de cultivos, dando prioridad a los territorios de los Parques Nacionales Naturales.

El documento señala que “se establecerán mecanismos de interlocución directa con las comunidades para construir acuerdos para la erradicación de los cultivos que garanticen el control, restauración y protección efectiva de estas áreas”. La implementación del Programa Nacional Integral de Sustitución de Cultivos de Uso Ilícito en Parques Nacionales Naturales busca “garantizar el bienestar y buen vivir de las comunidades y la preservación y conservación de los PNN”, se agrega.  

Justicia por crímenes contra el medio ambiente

En tal sentido persiste un “vacío” jurídico. En el documento no queda claro si los crímenes realizados por las FARC -EP en contra del medio ambiente, como la voladura de oleoductos que produjeron una grave contaminación a ríos y flora en general, están contemplados entre los que no serán objeto de indulto y/o amnistía. O si, por el contrario, harán parte del paquete de delitos conexos amnistiables.

“No serán objeto de amnistía ni indulto ni de beneficios equivalentes los delitos de lesa humanidad, el genocidio, los graves crímenes de guerra, la toma de rehenes u otra privación grave de la libertad, la tortura, las ejecuciones extrajudiciales, la desaparición forzada, el acceso carnal violento y otras formas de violencia sexual, la sustracción de menores, el desplazamiento forzado, además del reclutamiento de menores conforme a lo establecido en el Estatuto de Roma”, se lee en el texto. Y aclara: “Serán amnistiables los delitos conexos con el delito político que describan conductas relacionadas específicamente con el desarrollo de la rebelión y cometidos con ocasión del conflicto armado, así como las conductas dirigidas a facilitar, apoyar, financiar u ocultar el desarrollo de la rebelión”.

Por su parte, las FARC-EP se comprometen, en materia ambiental, a “la participación en los programas de sustitución de cultivos de uso ilícito y la participación en programas de reparación del daño ambiental, como por ejemplo la reforestación”.

Así pues, se deberá esperar a lo que se interprete desde la Jurisdicción Especial para la Paz, no sin antes recordar que de acuerdo con el Consejo de Estado, “los bienes ambientales están protegidos convencional y constitucionalmente, por lo que tales situaciones representaron la violación del artículo 55 del Convenio I de Ginebra, que regula los conflictos armados internacionales y establece que ‘en la realización de la guerra se velará por la protección del medio ambiente natural contra daños extensos, duraderos y graves’”. 

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