Jueves, 18 Abril 2024
Tema: Residuos peligrosos

Se autoriza excluir de oficio del Registro Único de Prestadores de Servicios Públicos – RUPS a personas que realice actividades relacionadas con residuos peligrosos, infecciosos, hospitalarios y similares. Señala que la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios – SSPD es la encargada de llevar el registro de gestores de residuos peligrosos y no las Autoridades Ambientales, por tratarse de un servicio especial de aseo.

Consejo de Estado concluye que la actividad de recolección, transporte, almacenamiento, desactivación, incineración, tratamiento y disposición final de residuos peligrosos y hospitalarios era, efectivamente, un servicio público domiciliario enmarcado en el servicio especial de aseo.

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Editorial

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