Jueves, 13 Febrero 2025

El Ministerio de Ambiente determinó un mecanismo fiduciario bajo las normas de derecho privado para la administración del "Fondo para la Vida y la Biodiversidad", para abordar el cambio climático en Colombia.

 Suelo seco y una planta
/Freepick/

El propósito del Fondo para la Vida y la Biodiversidad es coordinar y financiar la ejecución de planes, programas y proyectos nacionales y territoriales que tengan el objetivo de fortalecer la resiliencia climática, impulsar la gestión ambiental, promover la educación y la participación ambiental, y respaldar la recuperación, conservación, protección, ordenación, gestión, utilización y desarrollo de los recursos naturales renovables y la biodiversidad.

Estos recursos provienen del Presupuesto General de la Nación, del 80% del Impuesto Nacional al Carbono, los recursos derivados de la implementación del Programa Nacional de Cupos Transables de Emisiones (PNCTE), el Fondo Nacional Ambiental (FONAM), entre otros.

El Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, mediante fiducia impartirá las instrucciones a la sociedad fiduciaria para la ejecución de los recursos del Fondo bajo las normas del derecho privado.

El viceministro de Ordenamiento Ambiental del Territorio, Francisco Canal, mencionó en el evento Finance in Common que "Se espera que, para el año 2026, el fondo cuente con un capital semilla de cerca de cuatro billones de pesos. Esta alianza financiera permitirá la realización de actividades y proyectos destinados a acelerar el cumplimiento de las metas climáticas de Colombia para 2030, con la meta ambiciosa de reducir las emisiones de gases de efecto invernadero en un 51% para esa fecha".

El Fondo para la Vida y la Biodiversidad mediante la ejecucion de los recursos del fondo promoverá la descentralización, la participación del sector privado, organizaciones comunitarias y étnicas, y el fortalecimiento de la gestion de las entidades nacionales y territoriales que comparten responsabilidades en materia ambiental.

El acceso a los recursos del Fondo para la Vida y la Biodiversidad será posible mediante dos mecanismos de ejecución. El primero implica la celebración de convenios o contratos, que serán publicados en el Sistema Electrónico de Contratación Pública (SECOP II), garantizando la transparencia y la participación en la contratación. El segundo mecanismo implica la celebración de convenios de cofinanciación o financiación de planes con personas jurídicas, ya sean públicas, privadas o mixtas, siempre que estos se alineen con los objetivos del fondo.

Consulte la norma completa aquí.

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