Jueves, 18 Abril 2024

El ente de control dice que es uno de los números más altos de títulos mineros entregados a una empresa en Colombia, ni las dedicadas tienen esa cantidad.

El gran número de autorizaciones minerales temporales otorgadas al concesionario del Proyecto Vial Ruta Sol Tramo 2 (en total 123), llevó a la Contraloría General de la República a iniciar una investigación para determinar si se cumplieron los procedimientos de ley para su obtención, como licencia ambiental vigente y pago de regalías en forma correcta.

Ruta del solFoto: cortesía Vanguardia Liberal

Es decir, le nació un nueva pata al gigante escándalo de corrupción de la multinacional Odebrecht en el país, que ya tiene al ex viceministro Gabriel García y al exsenador Otto Bula enredados.

Sin existir aún resultados de la investigación, la Contraloría hace advertencias concretas: previo al otorgamiento de estas 123 Autorizaciones Temporales, la ANM debió haber informado a la ANI si existían o no a lo largo de todo este sector 2 del Proyecto Ruta del Sol, canteras o minas de materiales de construcción que tengan título minero vigente, “esto es fundamental, porque de no existir tal condición, no era procedente entregar las Autorizaciones”.

Y es que el organismo de control no oculta su sorpresa por el número de títulos y advierte que “este número de autorizaciones temporales es de los más altos del país para empresa alguna. Ni siquiera empresas que tienen como actividad principal la minería tienen ese número de títulos mineros, así sea en condiciones temporales”.

De esta forma la contraloría investigará seis puntos específicos:

• Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) haya certificado que la obra se estaba adelantando ante la Agencia Nacional de Minería (ANM).

• Que hayan obtenido la licencia ambiental para cada una de estas 123 A.T. (Autorizaciones Temporañes) y se encuentre al día y vigente.

• Que hayan liquidado y pagado regalías de forma correcta.

• Que parte de la obra ha sido terminada y razón por la cual no se ha revertido el título.

• Que la autorización temporal no haya sido empleada para fines diferente a los del tramo dos de la Ruta del Sol, y no haya generado rentas económicas.

• Si existían o no a lo largo de todo este sector dos del Proyecto Ruta del Sol, canteras o minas de materiales de construcción que tengan título minero vigente.

En relación a este último punto, Si Sí existían canteras o la sociedad Concesionaria Ruta del Sol S.A.S debía o debe (de no haber terminado la construcción), de ser el caso, adquirir los materiales de construcción a estos titulares mineros.

 

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