Sábado, 20 Abril 2024

Con la Resolución 0762 del 2022 la entidad modificó la Resolución 910 de 2008 y endureció los requisitos técnicos para fabricantes, ensambladores o importadores de fuentes móviles terrestres.

 emisiones carros 600

/Pixabay/

 

El fabricante, ensamblador o importador de fuentes móviles terrestres al territorio nacional deberá presentar a la Autoridad de Licencias Ambientales o quien haga sus veces, el Certificado de Emisiones en Prueba Dinámica (CEPD) y visto bueno por el Protocolo de Montreal, junto con la totalidad del reporte técnico de la prueba o ensayo y los demás documentos y certificaciones del fabricante que sean requeridos por la presente norma.

El reporte técnico de la prueba o ensayo que presente el fabricante, ensamblador o importador deberá ser expedido por un laboratorio de ensayos acreditado por un organismo de acreditación que sea signatario de los acuerdos de reconocimiento multilateral suscritos por la ONAC, o por una autoridad ambiental en el exterior que sea competente para el desarrollo de estas pruebas o ensayos. El reporte técnico deberá contener como mínimo la siguiente información:

  1. Lugar y fecha de expedición del reporte técnico.
  2. Nombre del laboratorio u organismo que expide el reporte técnico.
  3. Número consecutivo o codificación del reporte técnico de la prueba o ensayo.
  4. Marca de la fuente móvil terrestre o del motor sujeto a la prueba, según el caso.
  5. Nombres de los modelos y/o las variantes cubiertas por la prueba.
  6. Descripción de los atributos generales de la fuente móvil terrestre evaluada en la prueba.
  7. Clasificación de la fuente móvil terrestre.
  8. Código del motor, cilindrada y descripción del sistema de alimentación de combustible.
  9. Sistemas y dispositivos de control de emisiones.
  10. Valores obtenidos durante la prueba o ensayo, relacionados con las emisiones de contaminantes.
  11. Valores obtenidos durante la prueba o ensayo de emisiones evaporativas medidas en las fuentes móviles terrestres de carretera que cuenten con motor encendido por chispa que funcionan con gasolina.
  12. Valores obtenidos durante la prueba o ensayo del consumo de combustible.
  13. Tipo de combustible
  14. Potencia neta del motor cuando se trate de fuentes móviles terrestres de uso de fuera de carretera.
  15. Inercia equivalente del vehículo prototipo evaluado y valores de potencia o fuerza absorbida por el freno, para el caso de vehículos completos.

En la norma, se establecen los limites máximos permisibles de emisión de contaminantes para fuentes móviles terrestres de carretera en prueba dinámica de acuerdo a la clasificación de Estados Unidos y la Unión Europea. Con esta medida se busca avanzar en materia de protección al medio ambiente. 

La nueva norma contempla algunas excepciones de cumplimiento, que se describen a continuación:

  1. Las registradas ante la autoridad de transito como vehículos antiguos o clásicos de conformidad con lo establecido en la Ley 769 de 2002 y la Resolución 3257 de 2018.
  2. Las que harán parte de ferias o exhibiciones, o los importados como prototipo para el desarrollo de nuevos productos, siempre y cuando se trate de importación temporal.
  3. Las fuentes móviles terrestres de uso de carretera destinadas exclusivamente a labores agrícolas; las demás que operen con combustible diferente a diésel; y aquellas que sin importar su combustible y labores tenga un potencial nominal menor a 19 kW o superior a 560 kW.
  4. El transporte férreo.
  5. Los bienes resultantes de la importación temporal de material CKD para la transformación o ensamble de motocicletas cuyo destino final sean los mercados externos.
  6. Los vehículos cero emisiones o eléctricos, debiendo en todo caso contar con el visto bueno del Protocolo de Montreal.
  7. Los vehículos destinados al uso en todo terreno, concebidos para circular en superficies no pavimentadas y los vehículos destinados exclusivamente a la recreación, siempre y cuando la utilización de estos vehículos no sea la circulación en vías de uso público.

 

Consulte la norma completa aquí

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