Las organizaciones de recicladores de oficio contarán ahora con ocho años para cumplir con sus obligaciones administrativas, comerciales, financieras y técnicas.
Mediante el Decreto 1345 del 2021, el gobierno nacional modificó en el artículo 2.3.2.5.3.1. del decreto 1077 del 2015 referente a la progresividad de la formalización de las organizaciones de recicladores de oficio. Dicho término correspondía anteriormente a 5 años, pero con la actualización normativa, el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio amplió el plazo a 8 años para que las organizaciones de recicladores de oficio cumplan de manera progresiva con las obligaciones administrativas, comerciales, financieras y técnicas definidas para su formalización.
Así mismo, las organizaciones de recicladores que ya se encuentren adelantando su proceso de formalización como prestadores del servicio, podrán acogerse a lo señalado en el Decreto 1341 del 2021 previa información de esa decisión a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.
De acuerdo a las consideraciones del nuevo decreto, estos ajustes a la normatividad se realizan teniendo en cuenta que la Corte Constitucional se ha pronunciado sobre los recicladores de oficio como sujetos de especial protección constitucional y sobre la necesidad de promover acciones afirmativas a su favor. De esta manera se continúa buscando que exista un reconocimiento tangible a la valiosa labor del reciclador, siendo éste una pieza vital dentro del proceso de prestación del servicio público de aseo.
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