Martes, 3 Diciembre 2024
En busca de transparencia por enésima vez el gobierno intentará reformar las Corporaciones Autónomas Regionales. Más de 400 asuntos relacionados con corrupción cursan en la sola Procuraduría.
 lozanocongreso                                                                                                 Foto: minambiente.gov.co


Una propuesta que busca dotar de gobernabilidad, transparencia y fortalecimiento a la gestión de las CAR en el marco del Sistema Nacional Ambiental SINA, fue radicada hoy por el Ministro de Ambiente Ricardo Lozano y el director de ASOCARS Ramón Leal Leal, en representación de las CAR, en el Congreso de la República.

Una propuesta que no es nueva, todo lo contrario, parece un objetivo fallido de cada Gobierno. Como lo ha informado Catorce6 desde hace varios años, en los últimos tres cuatrienios legislativos se ha intentado reformarlas en por lo menos 20 ocasiones.

“Hoy le estamos cumpliendo a todos los colombianos con la radicación de este proyecto de ley que busca fortalecer la gobernabilidad, transparencia y gestión pública de las Corporaciones Autónomas Regionales en sus órganos de dirección y administración”, sostuvo Ricardo Lozano, Ministro de Ambiente.

El objetivo principal es darle más transparencia y capacidades técnicas a las corporaciones. Como ya es bien conocido, estas entidades han sido duramente cuestionadas por escándalos de corrupción. A la fecha, la Procuraduría adelanta más de 256 indagaciones, 43 investigaciones y 27 acciones preventivas, para un total de 400 asuntos relacionados con corrupción en las CAR.

Incluso, el Procurador Carrillo se ha manifestado en palabras muy duras con respecto a las CAR: “la institución a la que se le ha entregado el manejo ambiental es presa de la corrupción. Es el casino de las negociaciones de la política más baja de este país, es el nido más grande de corrupción de Colombia”.

Catorce6 conoció el proyecto de ley que radicó en la tarde de este martes el Ministro de Ambiente y los principales aspectos que busca cambiar en este nuevo intento por meter en cintura a las corporaciones.

Estado actual

Estado propuesto en el proyecto de ley

Consejo Directivo

2 miembros de representación nacional:

1 delegado Presidente de la República y 1 delegado Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible

Se incrementa la participación nacional pasando de 2 a 4:

1 delegado Presidente de la República, 1 delegado Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible y 2 representantes de los Institutos de Investigación Ambiental adscritos o vinculados al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible

No existía

1 representante académico o científico de universidades con sede en la jurisdicción de la respectiva CAR

Actualmente son 4 miembros en representación de los Alcaldes con periodos de 1 año y reelegibles.

3 miembros en representación de los Alcaldes con periodos de dos años no reelegibles.

Actualmente pueden ser reelegidos los miembros del Consejo Directivo a perpetuidad.

Ningún miembro de representación del Consejo Directivo puede ser reelegido a excepción de los representantes de comunidades afro e indígenas

No se encuentra definido el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los miembros del Consejo Directivo.

Se define el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades de los miembros del Consejo Directivo

Director General

Actualmente sólo se hace verificación de los requisitos mínimos.

Cualificación de requisitos para ejercer el cargo.

 Se duplica la experiencia profesional solicitada pasando de 4 a 8 años y la relacionada con asuntos ambientales de 1 a 3.5 años; adicionalmente también se exige en el texto del proyecto una experiencia gerencial de 1.5 años que antes no se exigía.

Actualmente no existe, por mandato legal y unificado, un proceso de selección reglado y debidamente documentado.

En aras de seleccionar los candidatos más idóneos, se establece un proceso de selección, público y abierto, con aplicación de pruebas de conocimiento técnicas, de aptitudes eliminatorias y clasificatorias.  Así mismo,  la elección se realizará conforme la terna integrada por los tres candidatos que obtengan los puntajes más altos.

No existe un régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades, así como también sus faltas temporales y absolutas.

Se define el régimen de inhabilidades, incompatibilidades y responsabilidades, así como también sus faltas temporales y absolutas.

Rentas CAR

No existen directrices mínimas unificadas.

Se establecen las directrices mínimas para el manejo de las rentas propias de las CAR a fin de unificar su gestión a nivel nacional.

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