Sábado, 20 Abril 2024

En exclusiva Catorce6 conoció el fallo del contencioso administrativo que niega un recurso presentado por la empresa Mansarovar Energy Colombia. La votación será este domingo

 25 Omar

Foto de referencia: Urnadecristal.gov.co

El próximo domingo 4 de junio se realizará otra consulta popular, esta vez en el municipio de Cumaral – Meta, donde sus habitantes deciden si permiten la exploración y explotación de hidrocarburos, respondiendo a la pregunta: “¿Está usted de acuerdo ciudadano cumaraleño que dentro de la Jurisdicción del municipio de Cumaral (Meta), se ejecuten actividades de exploración sísmica, perforación exploratoria y producción de hidrocarburos?”

El pasado 7 de marzo, el Tribunal Administrativo del Meta admitió la pregunta y además avaló las competencias del Concejo y la Alcaldía para convocar el mecanismo de participación.

Esa decisión del Tribunal fue entutelada por la empresa Mansarovar Energy Colombia Ltd, la cual tiene el contrato de exploración y producción de hidrocarburos número 009 de 2012 con la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH). En ella alegaban vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso y de acceso a la administración de justicia.

Finalmente el Consejo de Estado no acogió esa tutela. Catorce6 conoció en exclusiva la sentencia en la cual deja en firme la consulta popular de Cumaral al determinar que no se violó ningún derecho a la empresa y por ende el próximo domingo se llevará a cabo la votación.

Pero la sección cuarta de esa entidad fue mucho más allá y advirtió que la “decisión del pueblo cumaraleño será definitiva y obligatoria, pero solo a partir de la publicación del acuerdo municipal que la incorpore al ordenamiento jurídico. Ese acuerdo rige hacia el futuro y, por lo tanto, deben respetarse las situaciones jurídicas particulares consolidadas de los sujetos que, en virtud de la normativa anterior, obtuvieron licencias, concesiones, permisos y autorizaciones”.
Eso quiere decir entonces, que aunque la consulta se va a desarrollar, la decisión no podría revocar licencias para actividades de exploración o explotación de hidrocarburos que estén activos en el municipio.

Lea la sentencia de tutela aquí: 

 

 

 

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