Viernes, 19 Abril 2024

La acción judicial se toma debido a que los restos restos humanos están expuestos, hay riesgo de colapso de bóvedas y existe movimiento de tierra que vierte material hacia una quebrada.

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Foto: Twitter @EntreOjosCo

A través de una demanda de acción popular en contra del municipio de Pauna, el Departamento de Boyacá, la Secretaría de Salud, Corpoboyacá y la Parroquia San Roque del municipio de Pauna, la Procuradora 32 Judicial I Agraria y Ambiental de Tunja y el Personero municipal de Pauna, denunciaron, en síntesis, que:

El cementerio de Pauna no cuenta con cerco perimetral, ni estaba respetando la ronda de protección en relación con la quebrada la Manotera (30 metros); que por ello, en razón a la dinámica normal de las fuentes hídricas se presentan fenómenos erosivos que conllevan a que la parte de las bóvedas haya colapsado, generando vertimientos y exposición de residuos óseos por el material que es arrastrado a la mencionada quebrada, que es la fuente abastecedora de agua potable de la zona.

Adicionalmente, refirieron que el estado del cementerio genera olores ofensivos y riesgosos y no cuenta con un sitio de disposición de residuos peligrosos provenientes de exhumaciones y que a media cuadra está ubicado el Colegio Técnico Nacionalizado de Pauna, por lo que sus estudiantes se ven expuestos a un riesgo sanitario inminente.

manoteraquebradaFoto: Quebrada La Manotera /Boyaca7días


Ante los hechos denunciados y luego de examinar los medios de prueba allegados con la demanda que los demostraban, concluyó el magistrado sustanciador un grave riesgo sanitario para los estudiantes, para los ecosistemas de la quebrada Manotera, para quienes se abastecen de este recurso hídrico, y en general para la población del municipio de Pauna.

El magistrado consideró entonces necesario y urgente declarar el estado de emergencia sanitario y ambiental en el municipio de Pauna, generado por los restos humanos expuestos en su cementerio, así como, el riesgo de colapso de bóvedas y por el movimiento de tierra que está vertiendo material hacia la mencionada quebrada.

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Foto: Plaza principal de Pauna /Periódico El Diario 


Con fundamento en lo anterior, accedió a decretar las medidas cautelares urgentes solicitadas por los accionantes y, para el efecto, dio las siguientes órdenes:

1. A la alcaldía del municipio de Pauna y a la Parroquia San Roque, que, dentro del término de 5 días contados a partir de la notificación, realicen jornadas de recolección de residuos ordinarios y escombros, corte de maleza, ornato general y de fumigación y control de plagas.

2. A la alcaldía del municipio de Pauna y a la Parroquia San Roque, que, dentro del término de 5 días contados a partir de la notificación, inicien las gestiones necesarias para recuperar el área para la morgue y para exhumaciones, con el fin de implementar en debida forma la Cadena de la Gestión de Cadáveres debidamente regulada y controlada.

3. A la alcaldía del Municipio de Pauna y a la Parroquia San Roque, que, dentro del término máximo de 20 días contados a partir de la notificación, instalen un cerco perimetral que cubra todo el cementerio con el fin de detener las filtraciones de residuos sólidos a la quebrada Manotera y a otros predios, respetando la ronda de protección de 30 metros que corresponde a dicha quebrada.

4. A la alcaldía del Municipio de Pauna y a la Parroquia San Roque, que, dentro del término máximo de 1 mes contado a partir de la notificación, trasladen las bóvedas que se encuentran en la rivera de la quebrada la Manotera, con el fin de respetar su ronda de protección, garantizando la custodia e integridad de los restos de personas identificadas como NN, informando de dicha acción a la Fiscalía General de la Nación.

5. A la alcaldía del Municipio de Pauna y a la Parroquia San Roque, que, dentro del término máximo de 15 días contados a partir de la notificación, adopten medidas urgentes para el sellamiento de bóvedas que se encuentran en deterioro, y con ello evitar exposición de restos óseos y otros elementos humanos y materiales, evitando proliferación de olores ofensivos, aves de carroña, moscos y vectores.

6. A Corpoboyacá que, dentro del término de los 5 días siguientes a la notificación, inicie las investigaciones permitentes para determinar cuáles son las obligaciones ambientales que están incumpliendo el Municipio de Pauna y la Parroquia San Roque. Así mismo, la Corporación deberá ordenar las medidas ambientales y sanitarias de urgencia que se deban implementar por parte de los accionados.

7. Al Departamento de Boyacá - Secretaría de Salud que realice una visita a la Institución Educativa Técnico Nacionalizado de Pauna con el fin de determinar el grado de afectación sanitaria que está generando el cementerio sobre la población estudiantil. Así mismo, la entidad realizará una visita a la quebrada Manotera para determinar el estado el grado de afectación hídrica y la población que se beneficia de dicho recurso. Dentro del término máximo de 1 mes, la entidad allegará el informe relacionado con los resultados de la visita.

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