Jueves, 18 Abril 2024

La Ley de Residuos Sólidos prohíbe la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico en CDMX. Cubiertos y pitillos será en 2021.

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Foto: Pixabay

La Secretaría del Medio Ambiente (Sedema) de la capital mexicana señala que quedó prohibido, desde el primer día del 2020, “la comercialización, distribución y entrega de bolsas de plástico al consumidor, en los puntos de venta de bienes o productos, excepto si son compostables”.

Solo se excluyen de la medida “las bolsas de plástico necesarias por razones de higiene o que prevengan el desperdicio de alimentos siempre y cuando no existan alternativas de plástico compostable”.

La titular de la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, Marina Robles, indicó que, de violar lo señalado, los establecimientos podrán ser multados con sanciones que van desde de los 42.000 a los 170.000 pesos mexicanos (de 2.218 a 8.980 dólares).

"No se va a permitir que se comercialice, ni que se distribuya, ni que se le entregue al consumidor una bolsa de plástico desechable en ningún sitio de venta (...) el principal vigilante será el consumidor, quien verá que no se entreguen y, sobre todo, que no aceptará este tipo de bolsas", destacó.

Señala el decreto que, dentro de los doce meses siguientes a la publicación, la Secretaría de Medio Ambiente de la Ciudad de México, realizará la actualización y armonización de la normatividad aplicable en materia de Residuos Sólidos en la Ciudad de México, así como de los criterios de producción y consumo sustentable de los productos plásticos biodegradables y de los compostables.

Asimismo, dentro de los 180 días siguientes a la publicación iniciarán con la elaboración de la Norma Ambiental para la producción y consumo sustentable de los productos plásticos biodegradables y de los compostables.

Así mismo, el próximo año, a partir del 1 de enero de 2021, no habrá más tenedores, cuchillos, cucharas, palitos mezcladores, platos, popotes o pajitas, bastoncillos para hisopos de algodón, globos y varillas para globos, vasos y sus tapas, charolas para transportar alimentos, aplicadores de tampones, fabricados total o parcialmente de plásticos, diseñados para su desecho después de un solo uso, excepto los que sean compostables.

También quedará prohibida la comercialización, distribución y entrega de productos que contengan microplásticos añadidos intencionalmente, y de cápsulas de café de un solo uso fabricadas con materiales plásticos.

La prohibición de bolsas de plástico y pitillos fue aprobada el pasado 9 de mayo pasado por el Congreso de la Ciudad de México al reformar la citada ley.

En la Ciudad de México se generan alrededor de 13.000 toneladas de basura diarias, de las cuales 8.600 toneladas son enviadas a rellenos sanitarios y sólo 1.900 toneladas se van al reciclaje.

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