Martes, 23 Abril 2024

Ante el Juzgado Sexto de Ejecución de Penas, Carlos Fonseca Zárate, exdirector de Colciencias, presentó tutela por posible vulneración de derechos.

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Foto: CAR

El pasado 26 de noviembre fue presentada la acción judicial por parte de quien fuera además exviceministro de Ambiente y exdirector del IDEAM, argumentando que sus derechos fundamentales fueron vulnerados por el Consejo Directivo de la CAR Cundinamarca.

Fonseca Zárate aspiraba a ocupar la dirección de tal entidad para el periodo 2020 - 2023, pero su hoja de vida fue rechazada e inhabilitada bajo el argumento de que no había presentado copia de la tarjeta profesional, decisión que impugnó, pero que no tuvo aceptación tal recurso porque al parecer se habría interpuesto de manera extemporánea.

Fonseca aseguró a Catorce6 que el Comité de Acreditación, encargado de verificar los requisitos e informar al Consejo Directivo sobre las inhabilidades e incumplimientos existentes de los 76 candidatos que se presentaron para ocupar el cargo, fueron excesivos en los formalismos y se inhabilitaron18 aspirantes.

Según explicó, su hoja de vida fue inhabilitada bajo el argumento de que no había presentado copia de la tarjeta profesional, pero sí la matrícula profesional, lo cual le resulta superficial porque en la actualidad sostiene un contrato con la CAR, en donde figura como director del contrato CIDETER-CAR, relacionado con espacio público efectivo y calidad de aguas urbanas en 11 municipios de Cundinamarca, en donde se exigían todos los documentos que se requerían para la aspiración, considerándolo inaudito.

Explicó además que aunque no la tuviera no sería un impedimento, porque el director de la CAR no ejerce la ingeniería, por consiguiente no necesitaría la matrícula profesional.

Así las cosas, el exdirector del Colciencias y decano de varias facultades de ingeniería ambiental, solicitó que se declarara que él cumplía con los requisitos exigidos por la ley y, en consecuencia, se ordenara al Consejo Directivo de la CAR que lo admitiera como candidato a director de esa entidad.

Adicionalmente, pidió como medida provisional mientras se resolvía la tutela, que fuera suspendida la sesión del 26 de noviembre del presente año en la que se elegiría al nuevo director, requerimiento que no fue tenido en cuenta.

El demandante explicó que con la admisión de la demanda y luego del proceder de la misma quede anulada la elección del director, mientras que el Consejo Directivo de la CAR debe remitir un informe detallado del trámite realizado dentro del proceso administrativo de elección del director general para el periodo 2010-2023.

Expertos judiciales señalan que si la tutela prospera, la elección de Luis Fernando Sanabria quedaría nula porque el proceso terminaría viciado por violación al debido proceso, abriendo camino a los demás candidatos inhabilitados, a quienes también dijeron desde la CAR que el soporte de documentos fueron presentados cuando ya no era oportuno y fuera del cronograma.

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