Viernes, 11 Octubre 2024

Así lo establece la resolución 2001 firmada por el ministro Luis Gilberto Murillo, aunque la decisión está suspendida por una orden del Tribunal de Cundinamarca.

Catorce6 conoció la resolución 2001, firmada el 2 de diciembre de este año, en la cual el ministro de Ambiente habilita cerca de 7.000 nuevas hectáreas para la explotación minera en 21 municipios de la Sabana de Bogotá.

sabana de bogota

Sabana de Bogotá. / Foto: cortesía metrocuadrado.com

Según la argumentación de la normativa, la decisión se toma como consecuencia del artículo 61 de la ley 99 de 1993 en la cual se declaran “los páramos, aguas, valles aledaños, cerros circundantes, y sistemas (de la Sabana) como de interés ecológico nacional”, por lo que obliga al Ministerio a determinar las zonas compatibles con las actividades mineras. Una tarea que ningún otro jefe de cartera había cumplido en 23 años.

Es por eso que el ministerio habilitó 24 polígonos permitidos para esas actividades en el sector, los cuales estarán en los siguientes municipios:

1. Sur-oriente de Bogotá: 84,8 hectáreas
2. Sur de Bogotá: 348.9 hectáreas
3. Sur Occidente de Bogotá: 50.7 hectáreas
4. Soacha: 4.521,6 hectáreas
5. Sibaté: 55.2 hectáreas
6. Bojacá: 924.6 hectáreas
7. Entre Mosquera y Bojacá: 804.3 hectáreas
8. Madrid, Facatativa y El Rosa: 1304 hectáreas
9. Subachoque: 488.8 hectáreas
10. Tabio: 773 hectáreas
11. Zipaquirá: 64 hectáreas
12. Cogua: 1.093 hectáreas
13. Cogua, Tausa y Nemocón: 3.927,8 hectáreas
14. Nororiente Nemocón: 94.1 hectáreas
15. Suesca y Chocontá: 1.239 hectáreas
16. Suesca: 84.1 hectáreas
17. Nemocón: 67.5 hectáreas
18. Nororiente Zipaquirá: 67.5 hectáreas
19. Tocancipá: 598.6 hectáreas
20. Guatavita: 101.9 hectáreas
21. Guatavita II: 72.5 hectáreas
22. Guatavita III 65.5 hectáreas
23. Guasca 954 hectáreas
24. Guasca II: 230.5 hectáreas

Sin embargo el Ministerio reconoce que las autoridades locales ambientales, como las secretarías y corporaciones autónomas pueden tener información más exacta que la publicada en la resolución y les permite presentar “cartografía más precisa y sustentada en información confiable en las áreas adyacentes a los polígonos aquí descritos (resolución), dicha información podrá ser enviada al Ministerio de Ambiente a efectos que se evalúe y de resultar viable, se realice la respectiva precisión o actualización cartográfica”.

De momento hay que decir que los efectos de la resolución se encuentra suspendida por una decisión de la magistrada del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Nelly Villamizar, quien ordenó la verificación de que la medida cumpla con la protección del Río Bogotá como lo exigió el fallo de Consejo de Estado de 2014.

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