Sancionada ley contra los infractores ambientales.
El presidente Álvaro Uribe firmó la ley que contempla el nuevo procedimiento sancionatorio ambiental para corregir a los infractores del medio ambiente.
El código tiene entre sus renglones castigos como el incremento de multas diarias, decomisos preventivos y trabajo comunitario, así como la creación del Registro Único de Infractores RUIA.
La ley 1333 del 21 de julio de 2009 que modifica el decreto 1594 de 1984, recogido después por la ley 99 de 1993, es la primera con la que cuenta el país para castigar a los infractores ambientales.
Entre los artículos más importantes está el número 49 donde el trabajo comunitario en materia ambiental busca incidir en el interés del infractor por la preservación del medio ambiente, los recursos naturales y el paisaje, en este caso la autoridad ambiental podrá imponer la sanción de trabajo comunitario a través de su vinculación temporal en alguno de los programas, proyectos y/o actividades que la autoridad tenga en curso directamente o en convenio con otras autoridades.
La novedad en la ley es la creación Registro Único de Infractores RUIA, el cual deberá contener el tipo de falta por la que se sancionó, lugar de ocurrencia de los hechos, sanción, autoridad ambiental que adelantó la investigación y fecha de ejecución e identificación del infractor y en caso de ser una persona jurídica aparecerá el nombre de la empresa, NIT y el nombre del representante legal.
En materia de Decomiso y aprehensión preventivos serán tenidos en cuenta, los especímenes de fauna, flora, recursos hidrobiológicos y demás especies silvestres exóticas o productos como elementos, medios o equipos como vehículos implementos utilizados para cometer las infracciones ambientales.
Ejemplo: si se incauta un cargamento de madera, el camión en el que esta es transportada también será objeto de incautación.
Si alguno de estos elementos representa peligro para la salud humana, la autoridad ambiental procederá de inmediato a su destrucción, inutilización o incineración. El costo lo asumirá el infractor. Los productos perecederos que no puedan ser almacenados podrán ser entregados para su uso a entidades públicas o de beneficencia














cuidense de mi enemigos del medio ambiente ,ya se de la existencia de la ley 1333
Leave your response!